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miércoles, 19 de agosto de 2020


👉Ni un Paso atrás la lucha Continua por la Derogatoria de los Nefastos Decretos de Urgencia N° 014, 016 y 020 – 2020👈.
Reiteramos Publicación de fecha 10 de marzo de 2020.

🧿SERVIDORES CONTRATADOS CON RESOLUCIÓN DE CONTRATO VIGENTE AL 23 DE ENERO DE 2020, SERÁN RENOVADOS SUS CONTRATOS POR TODO EL AÑO FISCAL 2021🧿:
🇵🇪🙋‍♂️Las personas que fueron declaradas ganadoras de un proceso de selección, y cuyo contrato bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276 se encontró vigente al 24 de enero de 2020, continuarán prestando servicios hasta la fecha de término establecida en sus contratos, siendo potestad de la entidad ampliar el plazo del mismo a través de adendas. ¡Fertase – Lima; Fertase – Perú y Contase siempre Cumplen lo que Prometen!🙋‍♀️🇵🇪#PrimeroMiSalud👨‍⚕.













El Proyecto de Ley N° 6002-2020-CR, recoge el clamor de los Trabajadores Estatales que pertenecemos al régimen del D.L. 276.
Proyecto en el cual se deroga completamente el Decreto de Urgencia N° 014-2020, que desnaturalizada las relaciones colectivas en el sector estatal, norma emitida por el gobierno de Vizcarra en contra de los Trabajadores.
Asimismo este Proyecto de Ley N° 6002-2020-CR, también deroga los Artículos 3 y 4 del Decreto de Urgencia N° 016-2020.
El Artículo 3, se oponía a la reincorporación de los Trabajadores Estatales que habían ganado juicios, otorgándoles una indemnización mínima y sin derecho a reincorporarse a su misma plaza de origen.
El Artículo 4, impedía la contratación de personal en el régimen del Decreto Legislativo 276 y obligaba a la contratación en el cuestionado régimen CAS donde existe menos beneficios y derechos laborales.
Este Proyecto de Ley, también deroga la única disposición complementaria derogatoria, que derogaba la Ley 24041.
El Proyecto de Ley N° 6002-2020-CR, en su artículo 4, Restituye la vigencia de la Ley 24041 Ley que protege al trabajador contratado con más de un año de trabajo de ser cesado o destituido.
Compañeros este proyecto de Ley es favorable por lo que debemos volver a impulsar la lucha del FTE hacia el Congreso de la República para que se apruebe.










SERVIR prueba, "Guía para la virtualización de concursos públicos del Decreto Legislativo N° 1057”
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
Nº 000065-2020-SERVIR-PE











PERÚ: CORRUPCIÓN DE NUEVO EN PCM Y NUEVO MINDEF, AMBOS DEL EJERCITO PERUANO.


EN EL CASO DEL FLAMANTE PRESIDENTE DEL CONSEJO DE MINISTROS NO SOLO ENTONCES ES INCOMPETENTE POR NO EXIGIR LA APLICACIÓN DE LA LEY 28101 DE MOVILIZACIÓN NACIONAL ANTE COVID 19 SINO POR NEPOTISMO.
PREMIO A SU AMIGOTE COMO MINISTRO DE DEFENSA.
Y ES QUE ESTE CONTRATO A SU HIJO CUANDO ERA JEFE DE INDECI.
YA NO ES SOLO EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, O LA SECRETARIA GENERAL LOS QUE COLOCAN FAMILIARES EN PUESTOS ESTATALES.
TAMBIÉN LO HA HECHO EL NUEVO PRESIDENTE DEL CONSEJO DE MINISTROS.
¿CON QUÉ AUTORIDAD MORAL PEDIRÁ VOTO DE CONFIANZA AL PARLAMENTO?
AHORA SEGUIMOS CON MINISTROS DENUNCIADOS CON PROCESOS PENALES COMO EL DE TRANSPORTE O LA PRODUCCIÓN; SINO QUE ADEMÁS, POR NEGOCIOS Y CONSULTORIAS FAMILIARES CASO LA MINISTRA ESTUDIANTE DE ECONOMÍA Y NO MAESTRÍA EN ECONOMÍA, SINO EN ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE OTRA REALIDAD O DE UN MINISTRO INTERBANK DE EDUCACIÓN.
¿Y ASÍ SE PRETENDE QUE SE LES APOYE? CLARO PREVIA CONSULTORIA DEL MEF.




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