COMUNICADO N°012-2020-CEN-FERTASE-PERU
ESTIMADO(A)
COMPAÑERO (A):
El CEN-FERTASE-PERU,
saluda y nuestras oraciones para usted y su familia, cumplamos con los
protocolos de bioseguridad y sobre todo cautelar la vida de cada uno de los
integrantes de familia, debemos comunicar lo siguiente:
- como es de su
conocimiento se ha ampliado la Emergencia Sanitaria hasta el Domingo 24 de
Mayo, lo que quiere decir que no estamos obligados asistir a nuestros centros
de labores hasta la culminación de la Emergencia Sanitaria.
- Asimismo mediante
Decreto Supremo se han modificado algunos criterios con relación a la
vulnerabilidad de las personas entre ellos que a partir de la fecha son
vulnerables a partir de los 65 años, Hipertensión Arterial, Diabetes,
enfermedades Cardiovasculares, Enfermedad Pulmonar Crónica, Cáncer, otros
estados de Inmunosupresión y otras que establezca la Autoridad Nacional
Sanitaria, estás personas sólo podrán salir cuando tengan asistencia médica en
algún hospital y tendrá una vigencia hasta que haya finalizado la Pandemia que
puede ser inclusive hasta fin de año.
Otras de las
indicaciones que a partir del día de hoy es obligatoria al momento de salir de
tu domicilio la mascarilla y en forma progresiva los guantes y estar 2 metros
de distancia para evitar cualquier contagio.
A continuación
adjuntamos las normas que estamos señalando, como siempre se sugiere que
impriman dichas normas y así evitar que algunos Directores pretendan hacer
abuso de autoridad en contra de los derechos a la vida de cada trabajador, (quédate en
casa), con el fin de detener la propagación del nuevo coronavirus, es la única forma efectiva de mantener al
margen la epidemia es darle menores posibilidades de contagio.
Dios bendiga tu día.
Walter
García Morón
Secretario
de Defensa
CEN-FERTASE-PERU
Medidas temporales
excepcionales aplicables a las ENTIDADES PUBLICAS, de manera excepcional y
hasta el 31 de diciembre de 2020.
a) Realizar trabajo
remoto, en los casos que fuera posible,(...)
b) Proporcionar a los/as servidores/as civiles equipos informáticos a efectos de ser destinados en calidad de préstamo para la realización del trabajo remoto, cuando corresponda.
c) Reducir la jornada laboral. (lo manifestamos)
d) Modificar el horario de trabajo.
e) Establecer turnos de asistencia al centro laboral,(...)
f) Proporcionar medios de transporte para el traslado de los/as servidores/as civiles al centro de labores y de vuelta hacia un punto cercano a sus domicilio(...)
g) Proporcionar los equipos de protección personal a los/as servidores/as civiles de acuerdo con su nivel de riesgo de exposición y atendiendo a la normativa o lineamientos específicos emitidos por el Ministerio de Salud.
h) Vigilar la salud de los/as servidores/as civiles conforme a la normativa o lineamientos específicos emitidos por el Ministerio de Salud. Etc.
b) Proporcionar a los/as servidores/as civiles equipos informáticos a efectos de ser destinados en calidad de préstamo para la realización del trabajo remoto, cuando corresponda.
c) Reducir la jornada laboral. (lo manifestamos)
d) Modificar el horario de trabajo.
e) Establecer turnos de asistencia al centro laboral,(...)
f) Proporcionar medios de transporte para el traslado de los/as servidores/as civiles al centro de labores y de vuelta hacia un punto cercano a sus domicilio(...)
g) Proporcionar los equipos de protección personal a los/as servidores/as civiles de acuerdo con su nivel de riesgo de exposición y atendiendo a la normativa o lineamientos específicos emitidos por el Ministerio de Salud.
h) Vigilar la salud de los/as servidores/as civiles conforme a la normativa o lineamientos específicos emitidos por el Ministerio de Salud. Etc.
La cantidad mínima de horas de recuperación diarias deberá ser fijada por cada entidad tomando en cuenta variables como: el horario de ingreso, la jornada laboral establecida, la hora de inicio/fin de la inmovilización social obligatoria, las condiciones médicas del/la servidor/a civil, su condición de discapacidad o la del familiar que se encuentra bajo su cuidado y el tiempo necesario para que el/la servidor/a civil retorne a su domicilio, si es mujer gestante, si el/la servidor/a civil tiene a su cargo hijos/as en edad escolar o si tiene bajo su cuidado a personas adultas mayores, así como la conciliación familiar y laboral. Dicha recuperación de horas puede efectuarse de forma presencial o a través de la ejecución de trabajo remoto.
Lo Último✅. 🔵D.S. N° 083 – 2020 – PCM🔵:
🇵🇪🤝📌Prorrogar el Estado de Emergencia Nacional por 14 días calendario, a partir del 11 de mayo al 24 de mayo de 2020. Las personas de grupos de riesgo son los mayores de sesenta y cinco (65) años y quienes cuenten con enfermedades como hipertensión arterial, diabetes, enfermedades cardiovasculares, enfermedad pulmonar crónica, cáncer, y otros estados de inmunosupresión y otras que establezca la Autoridad Nacional Sanitaria. Disponer el toque de queda de 8:00 pm (a) 04.00 am, el domingo es todo el día. Del 18 de mayo de 2020 los niños, niñas y adolescentes menores de 14 realizaran un paseo diario de 30 minutos de duración con una persona mayor de edad que resida en la misma vivienda, en una distancia no superior de 500 metros respecto del domicilio.📌🤝🇵🇪. #YoMeQuedoEnCasa🏠.
A partir del 18 de mayo, podrán ingresar su solicitud, tendrá un plazo máximo de 60 días calendarios.
EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DE RESERVA ESTA SECUESTRADO POR LA ULTRA EXTREMA DEL FUJIMORISMO.
POR ESO, NO PERMITIRÁN QUE QUE SU HIJO PREDILECTO LAS AFPs SEA TOCADO INCLUSO HASTA CON UN PÉTALO DE UNA ROSA.
PUEDES CHOCAR CON CUALQUIER OTRO ASUNTO.
PORQUE TANTA OBSESIÓN CON LAS AFPs ¿PORQUE SERÁ? ¿QUE DE OCULTO HAY? ¿PORQUE ESA CERRADA DEFENSA HACIA LAS AFPs SI ES UN NEGOCIÓ COMO CUALQUIER OTRO. DONDE LOS CAPITALISTAS INVIERTEN Y SI NO RESULTA, PUES CAMBIAN DE RUBRO, ASI DE SIMPLE.
NO QUEREMOS PENSAR QUE LOS SOCIOS DE LAS AFPs SON LA FAMILIA FUJIMORI O ES QUE HAY TESTAFERROS REPRESENTANDO A ESTA FAMILIA EN EL NEGOCIO DE LAS AFPs.
HAY ALGO OSCURO EN ESTE TEMA DE LAS SFPs HASTA PARECE UNA NOVELA.
HASTA LES ESTÁN FACILITANDO PRESTARLE DINERO, COMPRARLE BONOS DE ESTA EMPRESA, ES DECIR PROTEGERLOS CONTRA TODO Y CONTRA TODOS.
SI QUIEBRA ESTÁS EMPRESAS LA ECONOMÍA DE NUESTRO PAÍS NO SERÁ AFECTADO EN ABSOLUTO.
TODOS LOS DÍAS SE NACEN NUEVAS EMPRESAS, ASÍ COMO CIERRAN OTRAS O PORQUE CERRO UNA ESTAS OCURRE UNA DESESTABILISACION ECONÓMICA DEL PAÍS NO PASA NADA EN ABSOLUTO.
HAY UNA NEBULOSA EN TORNO A ESTAS AFPs.
ESTA HISTORIA CONTINUARA NO SE PIERDAN EL PRÓXIMO CAPITULO. RODOLFO VASQUEZ VARA DIRIGENTE DE FERTASE-LIMA
Ministra de Economía, María Antonieta Alva, anunció hoy que el Gobierno interpondrá una demanda de inconstitucionalidad contra el Congreso de la República por haber aprobado por insistencia la ley que suspende el cobro de peajes en el Perú durante el estado de emergencia nacional por el coronavirus.
Dicha norma, vale remarcar, fue aprobada en la víspera por el Pleno del Parlamento con 102 votos a favor, 1 en contra y 25 abstenciones.
QUE NUESTRO CONGRESO PONGA ATENCIÓN A ESTOS DEUDORES Y HAGA EL COBRO CORRESPONDIENTE. PARA EL BIENESTAR DE TODOS LOS COMPATRIOTAS.
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