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martes, 31 de mayo de 2022

 RESOLUCION SBS N° 01167_2022

👉 APRUEBAN EL PROCEDIMIENTO OPERATIVO,PARA EL RETIRO EXTRAORDINARIO y FACULTATIVO HASTA 4 UIT
👉Según Resolución de la SBS.. A PARTIR DEL 13 DE JUNIO YA LAS AFPs TIENEN QUE PUBLICAR EL CRONOGRAMA PARA RECEPCIONAR LAS SOLICITUDES, DE ACUERDO A SU DNI.
👉EL RETIRO SERA EN 3 TRAMOS.
_)EN EL PRIMER RETIRO SERA DE UNA UIT.
_)SEGUNDO RETIRO UNA UIT.
_) EN EL TERCER TRAMO SE RETIRARA 2 UIT.
👇🏻
Lee la nota de prensa aquí➡️ https://bit.ly/3t4XpsQ



 


domingo, 29 de mayo de 2022

 

FELIZ DIA DEL SERVIDOR PUBLICO A LOS SERVIDORES DEL 

SECTOR EDUCACION.

Feliz día a todos los compañeros y compañeras de Lima y todo el Perú.

29 DE MAYO DÍA DEL SERVIDOR PUBLICO

Hoy 29 de mayo se celebra en el Perú el Día del Servidor Público. Día festivo que se instauró mediante el Estatuto y Escalafón del Servicio Civil el año 1950, aprobado por Decreto Ley Nº 11377 y señalado en el artículo 105°, por consiguientes es una fecha propicia para reconocer la labor, el desempeño e identificación de los trabajadores que labora en las diferentes instituciones públicas de nuestro país.

Según el Art. 105 de la Ley N° 11377, señala: Declárese "Día del Empleado Público", la fecha de la Promulgación de la presente ley, debiendo conmemorarse todos los años con ceremonias y actuaciones que realcen su significado.

Un empleado público se considera a toda aquella persona que desempeña su trabajo en cualquiera de las entidades que conforman la función pública, ya sea funcionario, interino, o personal laboral de planilla. Este término identifica a los diferentes grupos de trabajadores que prestan servicio en las distintas administraciones, ya sean ministerios, organismos autónomos, municipalidades e instituciones públicas FELIZ DÍA COMPAÑEROS Y COMPAÑERAS y que la unidad sea nuestra bandera.

Que nuestra trabajo sea siempre una carta de presentación para cada uno de nosotros y esta sea reconocida no con Dinero sino con Una oración como esta: "Que buen Trabajo realizaste... GRACIAS". Esa es nuestra recompensa sentirnos valorados y respetados.

Feliz Día trabajadores administrativos de cada INSTITUCION EDUCATIVA, CETPROS, INSTITUTO SUPERIOR, DRE y UGELES.

Lima, 29 de mayo del 2022.


Lic. Adm. Blas Suarez Chirinos

Secretario General de FERTASE-PERU

Secretario General Colegiado-Presidente

CONTASE





 PROYECTO DE LEY PRESENTADO POR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

LEY QUE ESTABLECE LA CONVERSIÓN DE PLAZAS EVENTUALES A PLAZAS ORGÁNICAS EN LAS INSTANCIAS DE GESTIÓN EDUCATIVA DESCENTRALIZADA DEL SECTOR EDUCACIÓN.












 PROYECTO DE LEY PRESENTADO HOY 26 DE MAYO DE 2022.

PROYECTO DE LEY QUE PROPONE EL PAGO DE CTS, GRATIFICACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS, PAGO DE SUBSIDIO POR FALLECIMIENTO Y SUBSIDIO POR LUTO AL PERSONAL CONTRATADO DEL DECRETO LEGISLATIVO N°276.
"LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 2 DEL TÍTULO PRELIMINAR Y EL ARTÍCULO 54, ASÍ COMO, ADICIONA EL ARTÍCULO 54-A DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 276, LEY DE BASES DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA Y DE REMUNERACIONES DEL SECTOR PÚBLICO".













 OFICIO N°00159-2022-MINEDU/VMGI-DIGEGED

OPINIÓN TÉCNICA PARA ABSOLVER RECLAMOS SOBRE EL PROCESO DE PROMOCIÓN Y ASCENSO DE PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL REGIMEN LABORAL DEL DECRETO LEGISLATIVO N°276.
CONCLUSIÓN:
PARA LOS PROCESOS DE ASCENSOS QUE SE ESTÁN LLEVANDO A CABO, NO SE PODRÁN CONVOCAR AQUELLAS PLAZAS QUE ESTÁN CUBIERTAS POR PERSONAL CONTRATADO QUE TENGAN MÁS DE UN AÑO ININTERRUMPIDO DE SERVICIOS.



 ATENCIÓN, PUBLICADO EN EL PERUANO EN EDICIÓN EXTRAORDINARIA

FORMALIZAN ACUERDO DE CONSEJO DIRECTIVO ADOPTADO EN LA SESIÓN N°007-2022-CD, MEDIANTE EL CUAL SE APROBÓ COMO OPINIÓN VINCULANTE, RELATIVA A LOS ALCANCES Y APLICACIÓN DEL DECRETO SUPREMO N°041-2022-PCM, EN RELACIÓN A LAS CONDICIONES PARA EL RETORNO AL TRABAJO TRABAJO PRESENCIAL DE LOS SERVIDORES CIVILES, EL INFORME TÉCNICO N°715-2022-SERVIR-GPGSC.
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
N° 000042-2022-SERVIR-PE








 RELACIÓN DE GANADORES AL CARGO DE DIRECTOR DE UGEL. (UGELES 02,03,04,05)



 ATENCIÓN

OFICIO MÚLTIPLE N°0105 -2022-MINEDU/VMGI-DRELM.
ALCANCES SOBRE COMPENSACIÓN DE HORAS DE TRABAJO POR USO DE LICENCIA CON GOCE DE REMUNERACIONES COMPENSABLE.




¿SANCIONES PARA LOS TRABAJADORES QUE NO SE HAN VACUNADO CONTRA LA COVID-19?
INFORME TÉCNICO DE SERVIR N°587-2022 Y INFORME TÉCNICO DE SERVIR N°588-2022
SOBRE EL RETORNO AL TRABAJO PRESENCIAL DEL PERSONAL QUE AUN NO CUENTA CON LA VACUNACIÓN COMPLETA CONTRA LA COVID-19.
CONCLUSIÓN
De haberse determinado el trabajo presencial, el servidor público debe cumplir cabalmente con el procedimiento para el retorno al trabajo presencial –establecido en la Única Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 055-2021 y las disposiciones para el regreso o reincorporación al trabajo contenidas en la Directiva Administrativa N° 321-MINSA /DGIESP-2021–que implica la evaluación del médico ocupacional o quien haga sus veces, la vacunación con las dosis completas contra la Covid-19, entre otros.
En caso se adviertan incumplimientos de obligaciones, irregularidades o negligencias por parte de los servidores públicos (independientemente de su régimen laboral) durante la prestación de sus servicios, corresponderá a la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios realizar las investigaciones que correspondan en función al hecho infractor, para efectos de determinar la correcta tipificación de la falta disciplinaria que corresponda.







jueves, 19 de mayo de 2022

 SERVIR SIGUE ADELANTE: EL 09 DE ABRIL DE 2022, se ha publicado en el Diario El Peruano, la norma de la PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS -PCM, LA RESOLUCION SUPREMA RS.124-22 Comisión de implementación SERVIR 8.4.22, PARA FORMAR UNA COMISIÓN QUE ACELERE EL PROCESO DE IMPLEMENTACION DE LA REFORMA CIVIL, así como una propuesta de acciones y medidas para coadyuvar a su plena implementación y avance, y al fortalecimiento de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR (en adelante, la Comisión Multisectorial).  SERVIR, es en el fondo, la destrucción de los derechos laborales obtenidos a través de estas décadas, así como la demolición de los Sindicatos; en si, es una agenda de la elitista de banca financiera, para que los gobiernos implementen un sistema esclavista moderno de calificación entre los trabajadores sumisos y los justicieros de los derechos laborales, bajo el manto de la mal llamada meritocracia, un vértice de profesionales que guían todo un sistema de jerarquías y obediencia, bajo la política de remuneración privilegiada para los de arriba y sueldo miserable para los de abajo. No es gratuito este sistema global, la Agenda 2030, es netamente de explotación y control social a golpe, palos y mediatismo informativo parametrado bajo la política del silencio de los cementerios; es decir, una paz sin justicia social, SERVIR y su implementación significa, AGILIZAR UN MOUNSTRUO BUROCRATICO PIRAMIDAL ADMINISTRATIVO LLAMADO SERVICIO CIVIL, ENCARGADOS DE "SELECCIONAR PROFESIONALES MERITOCRATICOS" QUE ASEGUREN EL SISTEMA DE INJUSTICIA LABORAL, DESIGUALDAD SOCIAL, DESIGUALDAD ECONOMICA Y UN STATUS QUO DE CIRCULO VICIOSO JERARQUICO Y PRIVILEGIOS DE AL SERVICIO DE INTERESES DE LA OLIGARQUIA NACIONAL Y LA ELITE GLOBAL QUE REGENTA LA BANCA FINANCIERA, MAS NO AL SERVICIO DEL PUEBLO. Los exámenes de evaluaciones, no se califican por principios humanistas, ni de valores universales, estas evaluaciones se ejecutan por el grado de obediencia y sumisión al superior; aun así este sea déspota y abusivo, la estructura piramidal de SERVIR se basa en profesionales salidos de canteras universitarias elitistas, con un matiz de productividad y eficiencia, pero sin el componente de salarios dignos.  Las reformas laborales, en si, cada vez son mas lesivas a los trabajadores del sector publico o privado, los CAS o Contratos Administrativos de Servicios con unos sueldos miserables indefinidamente, sin prever que los hijos crecen, estudian, se enferman, comen, etc., mas aun truncamos el sueno de la Universidad por no contar con dinero suficiente, este régimen Ley 1057, creado por el Servil Fujimori a la Banca Internacional de Pagos BIS, recorta las remuneraciones a su mínima expresión, este Congreso emitió una Ley N° 31131-2021, donde establecía el traslado progresivo al régimen 276 y 728, pero el Tribunal Constitucional -TC, del Juez Constitucionalista Anti laboral Blume denegó tal norma. Observamos, que la Política Anti laboral del Parasitismo político de sirvientes congresistas de la oligarquía nacional, siempre se han opuesto, SERVIR es un peligro futuro, su esencia de una jerarquía privilegiada de burócratas, mas no de calidad humana, sueldos dignos, transparencia, justicia, paz social, defensa del trabajador, ni de derechos laborales.

RESOLUCION SUPREMA RS.124-22 Comisión de implementación SERVIR 9.4.22, PARA FORMAR UNA COMISIÓN QUE ACELERE EL PROCESO DE IMPLEMENTACION DE LA REFORMA CIVIL

  https://hugosperu.wordpress.com/2014/03/01/96/