Formalizan el acuerdo de Consejo Directivo adoptado en la sesión N. 020-2021, mediante el cual se aprobó como opinión vinculante al artículo 4 de la Ley 31131, Ley que establece disposiciones para erradicar la discriminación en los regímenes laborales del sector público.
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N. 000113-2021-SERVIR/PE
RESOLUCION PRESIDENCIAN EJECUTIVA N. 000113- 2021- SERVIR .PE, FORMALIZAN ACUERDO DE CONSEJO DIRECTIVO ADOPTADO EN LA SESION N. 020 - 2021 , MEDIANTE EL CUAL SE APROBO COMO OPINION VINCULANTE EL INFORME TECNICO N. 001470 - 2021- SERVIR - GPGSC ESTABILIDAD LABORAL DE LOS CAS 1. OBJETIVO DEL INFORME 1.1 . EL PRESENTE INFORME TIENE DE CARACTER VINCULANTE AL HABER SIDO APROBADO POR EL CONSEJO DIRECTIVO DE ENTIDAD EN SESION N. 020 - 2021, ACORDE CON LA ATRIBUCION ESTABLECIDA EN EL LITERAL (F) DEL ARTICULO 4 - B , DEL REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY 30057 LEY DEL SERVICIO CIVIL ,LA OPINION VINCULANTE DEL PRESENTE INFORME ESTA REFERIDA A LOS ALCANCES Y APLICACION DEL ART. 4 DE LA LEY 31131 LEY QUE ESTABLECE DISPOSICIONES PARA ERRADICAR LA DISCRIMINACION DE LOS REGIMENES LABORALES DEL SECTOR PUBLICO III CONCLUSIONES 3 1. LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE SERVICIOS DE LOS SERVIDORES QUE DESARROLLAN LABORES PERMANENTES (ES DECIR AQUELLOS QUE NO SEAN DE NESECIDAD TRANSITORIA O SUPLENCIA), ADQUIRIENDO LA CONDICION DE CONTRATOS A PLAZO INDETERMINADO AUTOMATICAMENTE POR EL SOLO MANDATO IMPERATIVO DEL ART 4 DE KA LEY 31131 EN VIGENCIA A PARTIR DEL 10 DE MARZO 2021. 3.2. EN CONSECUENCIA ES IMNECESARIO SUSCRIBIR ADENDAS PARA QUE LOS CONTRATOS DE LOS SERVIDORES CIVILES SUJETOS AL RECAS SEAN CONTRATOS A PLAZO INDETERMINADO, SIN EMBARGO SON LAS ENTIDADES LAS QUE OPTEN POR SUS SUSCRIPCION COMO UN ACTO DE TRAMITE INTERNO . 3.3. POR LO CONSIGUIENTE CORRESPONDE MODIFICAR LAS OPINIONES DE SERVIR QUE SE ENCUENTRAN BAJO EL LINEAMIENTO DEL INFORME TECNICO N .000542-2021- SERVIR - GPGSC QUE HACE REFERENCIA A LA FORMALIZACION DE LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE SERVICIOS A PLAZO INDETERMINADO
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