AUMENTO PROGRESIVO DE LA PENSIÓN MÍNIMA,
DISPUESTO POR EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL NO SE CUMPLE
El Tribunal Constitucional RESOLVIO y DISPUSO que el Poder Ejecutivo y el Congreso de la República, conforme a sus atribuciones, promuevan el aumento progresivo de la pensión mínima de los diferentes regímenes pensionarios, de acuerdo con lo expuesto en los fundamentos 114 y 120 de la presente sentencia, en el plazo de 3 años. De no hacerlo en dicho plazo, el Tribunal Constitucional, en la etapa de supervisión de cumplimiento de sentencias, podrá adoptar las medidas que estime necesarias para tal efecto. (Sentencia del Tribunal Constitucional N° 00009-2015 publicada el 16 de Abril de 2019 / Pag. 51; Punto 6).
Dos (2) años, tres (3) meses y 20 días han transcurrido hasta la fecha, solo se dispuso un reajuste de la pensión reciben los jubilados de Ley 19990 de S/ 85 para los pensionistas que reciben S/ 415. Con los cual pasarán a recibir S/ 500 de pensión. Mientras que para los pensionistas que reciben S/ 857.36, el reajuste es de S/ 35, con lo cual recibirán como pensión S/ 892.36. (DECRETO SUPREMO N° 139-2019-EF; del 01 de mayo de 2019).
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