SERVIR DESAFIA AL PUEBLO
LOS HIJOS DE LA CONFIEP SE PRONUNCIAN, CONTRA EL CONGRESO DE LA REPUBLICA POR HABER APROBADO LA ELIMINACION DE LOS CAS, DEFIENDEN SU FALSA MERITOCRACIA Y SUS CARGOS PUESTOS A DEDO POR LA CONFIEP Y LOS GOBIERNOS DE TURNO.
1. Que, la Ley de Servicios Civil representa la continuidad de la implementación
del modelo flexible dentro de la administración pública de
recursos humanos, por tanto, constituye una aceleración
de la muerte progresiva del Decreto Legislativo N° 276- Ley
de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público vigente desde el año 1984 y elaborada bajo el imperio de la Constitución de 1979. Todo este proceso ha sido bajo el discurso de la reforma y la modernización del Estado sobre la base de ideología neoliberal.
2. Que, la ley en cuestión flexibiliza los derechos laborares tanto individuales y colectivos, lo que quiere decir es que se busca restringirlos o volverlos ineficaz o relativizarlos al máximo, en tal sentido atenta contra los interese de los trabajadores, contra el proyecto de vida de quienes por años han servido al Estado, vulnerando el marco constitucional vigente, los tratados y convenios internacionales.
3. Que, el Tribunal Constitucional al declarar la inconstitucional de la prohibición o restricción del derecho de los trabajadores a cuestionar en la vía judicial su traslado de régimen laboral, demuestra el carácter arbitrario e ilegal de la Ley en cuestión, puesto que sus promotores han pretendido que no exista la mínima posibilidad de cuestionamiento, lo que ha sido desbaratado. Entonces la expulsión del termino “judicial de la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley de Servicio Civil, debe ser entendida como un avance y una derrota del proyecto neoliberal de reforma de la administración pública, quedando demostrado vulneración de la Constitución vigente en este extremo, especialmente el artículo 139.2.
4. Que, todo los demás aspectos cuestionados por la demanda de inconstitucionalidad presentada por los congresistas de la república fueron declarados infundados, por lo tanto, son constitucionales. Pero, es de precisar no existe un criterio uniforme, por lo menos hasta ahora, en el Tribunal Constitucional, eso lo demuestra los dos votos singulares refrendados por algunos magistrado, que en muchos casos son contrapuestos, no solo en los en los fundamentos sino también en el carácter de la Ley de Servicio Civil, abonando a la
posición asumida por los trabajadores.
5. Que, la constitucionalidad de la ley en cuestión, ha sido declarada en base al hecho que no sea alcanzado los votos legalmente establecidos por lo magistrados del Tribunal Constitucional, y no por que haya existido un criterio mayoritario o unánime. Entonces, la Ley de Servicio Civil no solo es ilegal por ser inconstitucional, sino que además no goza de legitimidad, muy por el contrario, es ampliamente cuestionada no solo por los gremios sindicales sino también por la comunidad académica del país e incluso existe preocupación de los organismos internacionales especialmente de la OIT, lo que pone de manifiesto que el proceso de reforma de la gestión de los recursos humanos dentro del ámbito publico es de carácter anti laboral.
6. Que, el argumento mas importante que tienen los promotores de la Ley del Servicio Civil, es que su implementación contribuirá a superar las grandes deficiencias que tiene la administración pública en la prestación de los servicios en favor de los ciudadanos, pretendiendo hacer responsables a los trabajadores de la incapacidad del Estado de asumir su responsabilidad y obligación frente a la ciudadanía. Cuando en realidad los verdaderos responsables de la ineficiencia e incapacidad del Estado de responder a las exigencias ciudadanas son de los gobiernos de turno, es decir, de quienes toman las decisiones políticas o de los que dirigen las políticas publicas, las mismas que están orientadas a satisfacer las necesidades particulares de las autoridades políticas antes que resolver los problemas ciudadanos.
FERTASE: LA HUELGA NACIONAL ES EL CAMINO A LA DEFENSA DE NUESTROS
DERECHOS
LOS TRABAJADORES ESTATALES SIEMPRE TUVIMOS LA RAZON. LA IMPLEMENTACION DE LOS GOBIERNOS DE TURNO SO PRETEXTO DE LA MODERNIZACION DEL ESTADO Y MEJORAR EL SERVICIO EN LA ADMINISTRACION PUBLICA, IMPULSARON NORMAS EN CONTRA DE LOS DERECHOS LABORALES, ENTRE ELLOS LA NEFASTA LEY N° 30057, LEY DEL SERVICIO CIVIL SIN EMBARGO ESTA PRETENDIDA MODERNIZACION DEL ESTADO SOLO BUSCA DESPEDIR MILES Y MILES DE TRABAJADORES CON EL OBJETIVO DE REDUCIR EL APARATO ESTATAL Y HACERLO MAS MANIPULABLE.
CEN-FERTASE-PERU
TRIBUNAL
CONSTITUCIONAL DECLARA FUNDADO EN PARTE LA INCOSTITUCIONALIDAD DE LA LEY
SERVIR.
LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY °
30057, LEY DEL SERVICIO CIVIL, PRESENTADA POR 34 CONGRESISTAS DE LA REPUBLICA, EN COORDINACION Y APOYO DE LOS TRABAJADORES ESTATALES, ANTE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL FUE DECLARADA FUNDADA EN PARTE. IMPORTANTE DESICION DEL ENTE CONSTITUCIONAL A FAVOR DE LOS TRABAJADORES ESTATALES, CON APEGO A LEY Y RESPETANDO EL DERECHO DE LOS TRABAJADORES.
ES NECESARIO RESALTAR LA IMPORTANCIA DE DICHA SENTENCIA DONDE ENTRE OTROS, CONSIDERA QUE EN LA ADMINISTRACION PUBLICA NO DEBE HABER PRIVILEGIOS PARA UNOS EN DESMEDRO DE OTROS, POR LO QUE
CONSIDERA QUE NO DEBE HABER EXCEPCIONES DE ALGUNOS SECTORES PARA SER EXCLUIDOS DE LA LEY COMO LOS TRABAJADORES DEL CONGRESO, EL BCR, ADUANAS, SUNAT, AFP ENTRE
OTROS.
PUBLICAMOS PARTE DE DICHA SENTENCIA, PERO PUEDE VER TODA LA DOCUMENTACION INGRESANDO AL LICK QUE PONEMOS A CONTINUACION:
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