Se dispone que al personal cesante del régimen del Decreto Legislativo N° 276, le corresponde el mismo monto y se le aplica las mismas condiciones para la percepción, según corresponda, del subsidio por fallecimiento y del subsidio por gastos de sepelio o servicio funerario completo que se le otorga a los servidores públicos nombrados del mencionado régimen. Los referidos subsidios son entregados por la entidad a cargo del pago de las pensiones en el régimen del Decreto Ley N° 20530 de dicho personal.
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