COMUNICADO
N°005-2019-CEN-FERTASE-PERU
COMPAÑEROS (AS):
CONSOLIDAN LOS INGRESOS DEL PERSONAL
ADMINISTRATIVO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 276 QUE VULNERA Y ATENTA LAS
REMUNERACIONES DE LOS SERVIDORES, MIENTRAS ESTÁBAMOS FESTEJANDO LAS MEDALLAS DE
NUESTROS DEPORTISTAS, EL GOBIERNO NEOLIBERAL DE VIZCARRA, PROMULGO EL DS: Nº
261-2019-EF.
LOS
GREMIOS DE BASES DE NUESTRA FEDERACION DEBE DE REALIZAR EL ANALISIS EXAUSTIVO DEL D.S. 261, Y HACER EXTENSIVA LA EVALUACION PARA QUE LOS
COMPAÑEROS TENGAN CONOCIMIENTO Y SOLO QUEDARA EN LA CONCIENCIA DE CADA
TRABAJADOR AL MARGEN DE LA SIMPATIA O MILITANCIA SINDICAL , POR LO QUE INICIAREMOS LAS ACCIONES DE
LUCHA, NO QUEDARNOS SENTADOS EN NUESTROS CENTRO LABORALES, YA QUE AFECTA A TODO EL SECTOR PUBLICO, ESPERANDO
QUE OTROS CON DIGNIDAD LUCHEN POR TODOS, COMPAÑEROS , ALERTA ROJA SE ENCENDIO
EN LA CLASE TRABAJADORA, ES NECESARIO DARLE UNA RESPUESTA CONTUNDENTE A ESTE
GOBIERNO OPRESOR DE VIZCARRA, TRASGREDIENDO SITEMATICAMENTE LOS DERECHOS
LABORALES, LOS TRABAJADORES DEL GRUPO AUXILIAR VAN A GANAR S/.512 SOLES Y UN CONGRESISTA S/.15,000,
SOLES EL PRESIDENTE S/.30,000 SOLES,
LOS MINISTROS DE ESTADO S/.30.000
SOLES, Y EL PUEBLO S/.512, S/.520 HASTA S/.551 GRUPO AUXILIAR, PARTAMOS DE ALGUNAS DEFINICIONES PARA
MEJOR ENTENDER:
1. RB = REMUNERACIÓN BRUTA ACTUAL QUE RECIBIMOS.
1. RB = REMUNERACIÓN BRUTA ACTUAL QUE RECIBIMOS.
2. MUC = MONTO ÚNICO CONSOLIDADO.
3. RALS = REMUNERACIÓN AFECTA A LEYES
SOCIALES
4. BET = BONIFICACIÓN EXTRAORDINARIA
TRANSITORIA AHORA TOMEMOS COMO EJEMPLO UN STA.
RB= S/. 1200
MUC= ANEXO DS. 2016-2019-EF.= S/ 574.93
RALS= 65 % DEL MUC= 373.70
BET= RB-MUC = S/ 625.07
EFECTOS:
1. LA NUEVA CALIFICACIÓN Y MONTO DE ESTA REMUNERATORIO, DISTORSIONA TOTALMENTE LA QUE VENÍAMOS PERCIBIENDO COMO REMUNERACIÓN TOTAL.
1. LA NUEVA CALIFICACIÓN Y MONTO DE ESTA REMUNERATORIO, DISTORSIONA TOTALMENTE LA QUE VENÍAMOS PERCIBIENDO COMO REMUNERACIÓN TOTAL.
2. EXISTE EL PELIGRO QUE EL MONTO DE
SUBSIDIO POR SEPELIO Y LUTO, TAMBIÉN LA BONIFICACIÓN DE 25 Y 30 AÑOS, PASEN A
SER CALCULADOS SOBRE LA BASE DE ESTE MUC, QUE ES MENOR A LA REMUNERACIÓN TOTAL.
3. LOS APORTES A LAS AFP Y ONP, SE HARÁN
SOBRE LA BASE DEL MUC, PERJUDICANDO LAS FUTURAS PENSIONES. EN EL CASO DE LAS
AFP, LAS PENSIONES SERÁN MÁS IRRISORIAS PUES EL FONDO ACUMULADO NO CRECERÁ
MUCHO; EN EL CASO DE LOS DE LA ONP, EL MÁXIMO ESTA ESTABLECIDO EN S/893 .00
4. EN ESTE DS. NO ESTÁ COMPRENDIDO LO QUE VENIMOS PERCIBIENDO COMO INCENTIVO LABORAL POR CAFAE
5. TAMPOCO ESTÁ COMPRENDIDO LOS BENEFICIOS QUE ALGUNOS SECTORES PERCIBIMOS CON RDR.
4. EN ESTE DS. NO ESTÁ COMPRENDIDO LO QUE VENIMOS PERCIBIENDO COMO INCENTIVO LABORAL POR CAFAE
5. TAMPOCO ESTÁ COMPRENDIDO LOS BENEFICIOS QUE ALGUNOS SECTORES PERCIBIMOS CON RDR.
6. POR ESTE DS. NO PERCIBIREMOS NINGÚN
INCREMENTO
7. EL DS. NO DICE NADA QUE EL MUC SERÁ NUESTRO BÁSICO COMO ALGUNOS ESTÁN INTERPRETANDO.
7. EL DS. NO DICE NADA QUE EL MUC SERÁ NUESTRO BÁSICO COMO ALGUNOS ESTÁN INTERPRETANDO.
8 TAMPOCO DICE NADA SOBRE NUESTRO CTS, LO
QUE SEGURAMENTE SERÁ MATERIA DE LA GESTIÓN PARA DEFINIR CLARAMENTE AL RESPECTO.
8. EL ESTADO, CON ESTE DS. AHORRARA
MILLONES MENSUALES POR CONCEPTO DE LA DISMINUCIÓN DE SUS APORTES AL RÉGIMEN DE
PRESTACIONES DE SALUD, PUES LA BASE IMPONIBLE, EL MUC, SERA MENOR A LA REMUNERACIÓN
TOTAL QUE VENIMOS PERCIBIENDO.
ESTE DS. ES CONCORDANTE CON LAS POLÍTICAS
DE REFORMA LABORAL DE CORTE NEOLIBERAL QUE ESTA IMPLEMENTANDO EL GOBIERNO DE
VIZCARRA.
ESTE DS. ES CONCORDANTE CON LAS POLÍTICAS
DE REFORMA LABORAL DE CORTE NEOLIBERAL QUE ESTÁ IMPLEMENTANDO EL GOBIERNO DE
VIZCARRA.
AMPLIANDO EL ANALISIS.
1. HABÍA MENCIONADO QUE EN EL DS. EN
MENCIÓN NO DECÍA NADA SOBRE NUESTRA CTS; EFECTIVAMENTE; ESTA ESTÁ ESTABLECIDA
EN LA CENTECIMA UNDECIMA DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL DE LA LEY 30879 , LEY
DE PRESUPUESTO AÑO FISCAL 2019; QUE EN SU CUARTO PARRAFO DICE: “ A PARTIR DE LA
IMPLEMENTACIÓN DE LO ESTABLECIDO EN LA PRESENTE DISPOSICIÓN, LA CTS EQUIVALE AL
100% DEL PROMEDIO MENSUAL DEL MONTO RESULTANTE DEL MONTO CONSOLIDADO Y PAGADO
EN CADA MES DURANTE LOS ÚLTIMOS TREINTA Y SEIS (36) MESES DE SERVICIO
EFECTIVAMENTE PRESTADO POR CADA AÑO DE SERVICIO. EN CASO QUE LA ANTIGÜEDAD DEL
SERVICIO EFECTIVAMENTE PRESTADO SEA MENOR A TREINTA Y SEIS MESES (36), SE HACE
EL CÁLCULO DE MANERA PROPORCIONAL. EL CÁLCULO DE LA CTS NO COMPRENDE EL MONTO
OTORGADO POR INCENTIVO ÚNICO.
EL CÁLCULO DE LA CTS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL DECRETO LEGISLATIVO 276, CORRESPONDIENTE AL PERIODO ANTERIOR DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LO ESTABLECIDO EN LA PRESENTE DISPOSICIÓN SE EFECTÚA CONSIDERANDO LA NORMATIVIDAD VIGENTE EN DICHO PERIODO.”
2. RECORDEMOS QUE LA LEY DE PRESUPUESTO Y EL DS. 261-2019-EF, ESTABLECE EL MONTO ÚNICO CONSOLIDADO, QUE YO LO HE DENOMINADO MUC, POR SUS INICIALES; ESTE MUC ESTA PRECISADO EN EL ANEXO PARA CADA NIVEL REMUNERATIVO. ES ESTE MONTO QUE SE TOMARA PARA CALCULAR LA CTC.
3. ENTONCES DICE: EL CTS, EQUIVALE AL 100% DEL PROMEDIO MENSUAL DEL MONTO RESULTANTE DEL MUC Y PAGADO EN CADA MES DURANTE LOS ÚLTIMOS 36 MESES DE SERVICIO EFECTIVO. ES DECIR DE LOS ÚLTIMOS TRES AÑOS ANTES DEL CESE Y QUE HAYAN SIDO EFECTIVAMENTE TRABAJADOS, POR TANTO NO DEBERÁ TOMARSE EN CUENTA LAS LICENCIAS PARA EL CÓMPUTO DE LOS 36 MESES. CTS, SERÁ UN MUC POR CADA AÑO DE SERVICIOS.
4. CUANDO EL SERVIDOR HAYA TRABAJADO UN TIEMPO MENOR A 36 MESES, SU CTS SERÁ PROPORCIONAL.
EL CÁLCULO DE LA CTS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL DECRETO LEGISLATIVO 276, CORRESPONDIENTE AL PERIODO ANTERIOR DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LO ESTABLECIDO EN LA PRESENTE DISPOSICIÓN SE EFECTÚA CONSIDERANDO LA NORMATIVIDAD VIGENTE EN DICHO PERIODO.”
2. RECORDEMOS QUE LA LEY DE PRESUPUESTO Y EL DS. 261-2019-EF, ESTABLECE EL MONTO ÚNICO CONSOLIDADO, QUE YO LO HE DENOMINADO MUC, POR SUS INICIALES; ESTE MUC ESTA PRECISADO EN EL ANEXO PARA CADA NIVEL REMUNERATIVO. ES ESTE MONTO QUE SE TOMARA PARA CALCULAR LA CTC.
3. ENTONCES DICE: EL CTS, EQUIVALE AL 100% DEL PROMEDIO MENSUAL DEL MONTO RESULTANTE DEL MUC Y PAGADO EN CADA MES DURANTE LOS ÚLTIMOS 36 MESES DE SERVICIO EFECTIVO. ES DECIR DE LOS ÚLTIMOS TRES AÑOS ANTES DEL CESE Y QUE HAYAN SIDO EFECTIVAMENTE TRABAJADOS, POR TANTO NO DEBERÁ TOMARSE EN CUENTA LAS LICENCIAS PARA EL CÓMPUTO DE LOS 36 MESES. CTS, SERÁ UN MUC POR CADA AÑO DE SERVICIOS.
4. CUANDO EL SERVIDOR HAYA TRABAJADO UN TIEMPO MENOR A 36 MESES, SU CTS SERÁ PROPORCIONAL.
5. EN EL CASO DEL CESE DE PERSONAL
ANTERIOR A LA VIGENCIA DEL DS. 261-2019-EF, SE HARÁ DE CONFORMIDAD A LA
NORMATIVIDAD VIGENTE, ES DECIR A LA 276.
6. FINALMENTE, PRECISA QUE NO FORMA PARTE DE BASE DE CÁLCULO PARA LA CTS, EL INCENTIVO ÚNICO QUE VENIMOS PERCIBIENDO POR CAFAE.
6. FINALMENTE, PRECISA QUE NO FORMA PARTE DE BASE DE CÁLCULO PARA LA CTS, EL INCENTIVO ÚNICO QUE VENIMOS PERCIBIENDO POR CAFAE.
7. PODEMOS PREVER TAMBIÉN QUE LA 10 RMV,
QUE SE HA VENIDO CONQUISTANDO EN ESTOS ÚLTIMOS AÑOS Y QUE SOLO ESTÁ VIGENTE
HASTA FIN AÑO, SERÁ REEMPLAZADA POR ESTE NUEVO MONTO; SALVO QUE CON LA GESTIÓN
Y LA LUCHA LOGREMOS QUE EN LA LEY DE PRESUPUESTO DE LOS PRÓXIMOS AÑOS SE SIGA
APROBANDO EN LAS LEYES DE PRESUPUESTO DE LOS AÑOS SIGUIENTES., LAS 10 O MÁS
RMV.
8. RECORDEMOS QUE LA REMUNERACIÓN BRUTA
QUE VENIMOS PERCIBIENDO REMUNERATIVOS, ESTÁ COMPUESTA POR UN CONJUNTO DE MONTOS
QUE HEMOS LOGRADO A LO LARGO DEL TIEMPO Y QUE HAN SIDO DADAS POR LEYES,
DECRETOS DE URGENCIA, LEYES DE PRESUPUESTO, DE ESTAS EL 90 % EN EL CASO DE LAS
UNIVERSIDADES SON AFECTAS A LEYES SOCIALES; CREO QUE EL MUC, DEBERÍA CONSOLIDAR
ESTO, POR EJEMPLO SI LA SUMATORIA DE LOS CONCEPTOS REMUNERATIVOS DE UN STA NOS
DA . S/1200 Y DE ESTOS SOLO S/. 200 NO ESTÁN AFECTOS A LEYES SOCIALES; EL MUC
DE ESTE STA DEBO ERÍA SER S/. 1000 Y NO LOS S/ 574.93, COMO LO ESTÁ
ESTABLECIENDO EL DS. EN SU ANEXO. EL MEF, HA TOMADO LA ESTRUCTURA MÁS BAJA QUE
EXISTEN EN ALGUNOS MINISTERIOS PORQUE ELLOS NO RECIBIERON INCREMENTOS DE
SUELDOS EN MUCHOS AÑOS Y EN COMPENSACIÓN LES DIERON ALTOS MONTOS POR CAFAE,
MIENTRAS A NOSOTROS NO, RECIÉN LO CONSEGUIMOS EN EL 2012.
9. ENTONCES LA PELEA SERÁ QUE NUESTRO MUC, CONSOLIDE TODOS LOS CONCEPTOS REMUNERATIVOS AFECTOS A LEYES SOCIALES.
9. ENTONCES LA PELEA SERÁ QUE NUESTRO MUC, CONSOLIDE TODOS LOS CONCEPTOS REMUNERATIVOS AFECTOS A LEYES SOCIALES.
¿NOS VAMOS A
QUEDAR CON LOS BRAZOS CRUZADOS? NO, PREPAREMONOS PARA DARLE UNA RESPUESTA
CONTUNDENTE A ESTE GOBIERNO HAMBREADOR, ENTREGUISTA Y TRAIDOR DE LA CLASE
TRABAJADORA, ESTE GOBIERNO NEOLIBERAL
Y LOS CONGRESISTAS, LA CONFIEP,
COMPAÑEROS DIRIGENTES NACIONALES,
REGIONALES Y SECTORIALES, UNA VEZ MAS PREPAREMONOS A LUCHAR HASTA LAS
ULTIMAS CONSECUENCIA POR DEFENDER EL BIENESTAR DE NUESTRA FAMILIA.
ESTAREMOS COMUNICANDO LA REALIZACION DE LA MOVILIZACION, PORQUE NO SOLO AFECTA AL SECTOR EDUCACION, OJO ES A TODOS LOS TRABAJADORES DEL D.L. 276.
ESTAREMOS COMUNICANDO LA REALIZACION DE LA MOVILIZACION, PORQUE NO SOLO AFECTA AL SECTOR EDUCACION, OJO ES A TODOS LOS TRABAJADORES DEL D.L. 276.
La gracia de nuestro Señor JESUCRISTO sea con todos vosotros.
Dios
los bendiga eternamente.
Lima,
13 de agosto del 2019.
Sergio
Jaime Ríos.
Presidente
CONTASE
Blas
Suarez Chirinos.
Secretario
General
FERTASE-PERU
Edward
Flores Alarcón.
Secretario
General
FERTASE-LIMA
¡VIVA LA CLASE TRABAJADORA!
¡VIVA LOS LUCHADORES CONSECUENTES!
¡ POR LA REIVINDICACIÓN DE NUESTROS DERECHOS!
¡ NO A LA DISCRIMINACION!
¡ NO A LA DISCRIMINACION!
!QUE DIOS NOS ILUMINE Y NOS PROTEJA ETERNAMENTE!.
FERTASE-PERU: Av. Prolongación Tacna Mz. E Lote 04-Urbanizacion Leoncio
Prado-Rímac-Lima Telf.
988087711, 972779608, 960958169,997979507, 974678434 Correo Electrónico fertase_2016-peru@hotmail.com
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