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martes, 22 de noviembre de 2016










¡PARO NACIONAL ESTATAL!











 


















DEVOLUCIÓN DE CARGAS SOCIALES – ONP, DESCONTADAS IRREGULARMENTE DEL D.U. N° 037 – 94: TAL COMO LO ANUNCIAMOS CON LA DEBIDA ANTICIPACIÓN, PRODUCTO DE NUESTRAS CONSTANTES LUCHAS EN LAS CALLES CON VALENTÍA Y CORAJE, ASÍ COMO DEBIDO A LOS ACUERDOS FIRMADOS ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Y NUESTRA GLORIOSA FERTASE, EL DÍA DE HOY MARTES 22 DE NOVIEMBRE DEL 2016, SE HA PUBLICADO EL DECRETO SUPREMO N° 313 – 2016 – EF, MEDIANTE LA CUAL SE AUTORIZA CRÉDITO SUPLEMENTARIO EN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2016 A FAVOR DE DIVERSOS PLIEGOS DEL GOBIERNO NACIONAL Y GOBIERNOS REGIONALES.
MEDIANTE LA LEY 30372 – LEY DE PRESUPUESTO 2016, Y SU NONAGÉSIMA SEGUNDA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL, SE DISPUSO LA CREACIÓN DE UNA COMISIÓN ESPECIAL ENCARGADA DE EVALUAR, CUANTIFICAR Y PROPONER RECOMENDACIONES PARA LA DEVOLUCIÓN DE LOS MONTOS QUE LOS PLIEGOS PRESUPUESTARIOS HUBIERAN DESCONTADO RESPECTO A LA BONIFICACIÓN A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 2 DEL DECRETO DE URGENCIA N° 037 – 94; CONSTITUYÉNDOSE PARA DICHO PROPÓSITO, UN FONDO CON CARGO A LOS SALDOS DISPONIBLES SEGÚN PROYECCIÓN AL CIERRE DEL AÑO FISCAL 2015, DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO, HASTA POR LA SUMA DE CINCUENTA MILLONES DE SOLES. POR LO QUE, MEDIANTE DECRETO SUPREMO N° 115 – 2016 – EF SE DISPUSO CONFORMAR LA COMISIÓN ESPECIAL Y MEDIANTE DECRETO SUPREMO N° 265 – 2016 – EF SE ESTABLECIÓ EL LISTADO DE PLIEGOS PRESUPUESTARIOS CUYOS BENEFICIARIOS CUMPLEN CON LOS CRITERIOS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 2 DE LA REFERIDA NORMA.


                                                               Lima, 22 de Noviembre del 2016

Blas Suarez Chirinos
Secretario General
FERTASE-PERU



Edward Flores Alarcon
Secretario General
FERTASE – LIMA.
Sub-Secretario General
FERTASE-PERU

Sergio Jaime Rios
PRESIDENTE
CONTASE


















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