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lunes, 29 de julio de 2024

 Último Minuto

PODER EJECUTIVO DEJA SIN EFECTO LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA DESCENTRALIZADA CON INCIDENCIA ECONÓMICA MEDIANTE EL ARTÍCULO 28 DE LA LEY N° 32103:
Gobierno de turno en complicidad con el Congreso de la República, APRUEBA la Ley N° 32103, Ley de crédito suplementario, qué en su artículo 28 deja sin efecto cualquier acuerdo con incidencia económica en el nivel descentralizado de ámbito territorial, por entidad pública o en el que las organizaciones sindicales estimen conveniente. A partir de la promulgación de la presente ley para el año 2025 en adelante, solo se podrán negociar condiciones de trabajo sin incidencia económica.







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