ATENCION .CONTRATADOS CAS: Es inválida la no renovación del CAS vigente al 10 de marzo 2021. Nuevos alcances sobre la Ley 31131 [Resolución 000888-2021-Servir].
SUMILLA: Se declara FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la señora JUDITH ESTEFANIA LA SERNA LIMACHE contra el acto administrativo contenido en la Carta Nº 000181-2021-CG/PER, del 4 de marzo de 2021, emitida por la Sub Gerencia de Personal y Compensaciones de la Contraloría General de la República, por no haberse emitido conforme a ley.
Lima, 14 de mayo de 2021
ANTECEDENTE
1. Mediante la Carta Nº 000181-2021-CG/PER, del 4 de marzo de 20211, emitida por la Sub Gerencia de Personal y Compensaciones de la Contraloría General de la República, en adelante la Entidad, se le informó a la señora JUDITH ESTEFANIA LA SERNA LIMACHE, en adelante la impugnante, que su contrato administrativo de servicios no sería renovado, siendo su último día de servicios el 31 de marzo de 2021.
TRÁMITE DEL RECURSO DE APELACIÓN
2. Al no encontrarse conforme con la decisión de la Entidad, la impugnante interpuso recurso de apelación contra el acto administrativo contenido en la Carta Nº 000181-2021-CG/PER, bajo los siguientes argumentos:
(i) Se le ha despedido arbitrariamente.
(ii) Se le debe aplicar lo dispuesto en la Ley Nº 31131.
(iii) Ha realizado labores de naturaleza permanente.
(iv) Se están vulnerando sus derechos laborales.
(v) No fue contratada por necesidad transitoria.
(vi) En su contrato administrativo de servicios no se ha justificado la necesidad transitoria.
3. Mediante Oficio Nº 000168-2021-CG/PER, la Sub Gerencia de Personal y Compensación de la Entidad remitió al Tribunal del Servicio Civil, en adelante el Tribunal, el recurso de apelación presentado por la impugnante, así como los antecedentes que dieron origen al acto impugnado.
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