PENA DE CARCEL ENTRE 2 A 4 AÑOS A QUIENES NOMBREN, DESIGNEN, CONTRATE O ENCARGUE A FUNCIONARIOS SIN CUMPLIR LOS REQUISITOS MÍNIMOS.
Ponen fin el contrato de funcionarios sin méritos académicos.
Los funcionarios deben cumplir requisitos, mínimo un grado académico, atención señores alcaldes, gerentes, municipales.
LEY Nº 31676
LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO PENAL,
CON LA FINALIDAD DE REPRIMIR LAS CONDUCTAS QUE AFECTAN LOS PRINCIPIOS DE MÉRITO, IDONEIDAD Y LEGALIDAD PARA
EL ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA
Artículo único. Modificación del artículo 381 del Código Penal, promulgado por el Decreto Legislativo 635
Se modifica el artículo 381 del Código Penal, promulgado por el Decreto Legislativo 635, en los siguientes términos:
“Artículo 381. Nombramiento, designación, contratación, encargatura o aceptación ilegal de cargo
El funcionario público que nombra, designa, contrata o encarga a persona en quien no concurren los requisitos legales para un cargo público, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años y con sesenta a ciento veinte días-multa.
El que acepta el cargo sin contar con los requisitos legales será reprimido con las mismas penas”.