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lunes, 1 de abril de 2024

 

Estas entidades del Poder Ejecutivo podrán proseguir con su tránsito al Servicio Civil El segundo grupo tiene plazo hasta el 10 de abril para presentar su documento de gestión.

Las catorce entidades públicas del Poder Ejecutivo comprendidas en el primer grupo considerado para el tránsito al régimen de la Ley N.º 30057, Ley del Servicio Civil, cumplieron con presentar ante la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, su Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE, dentro del plazo establecido.
Se trata del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), el Despacho Presidencial, el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, el Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65, y el Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social (FONCODES).
Del mismo modo, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), el Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), la Secretaría Técnica del Consejo Fiscal, el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis), el Instituto Nacional de Calidad (Inacal), la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), y la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SNB).
“El primer grupo de entidades debía presentar su CPE hasta el 25 de marzo y han cumplido. El segundo grupo, en el que hay otras 21 entidades, tiene plazo hasta el 10 de abril”, sostuvo la presidenta ejecutiva de SERVIR, Ana Pari Morales, tras destacar el compromiso y esfuerzo desplegado por funcionarios, directivos y servidores de cada una de las entidades comprendidas.
Señaló, además, que ahora los documentos de gestión serán enviados al Ministerio de Economía y Finanzas, para recabar su opinión sobre la valorización de los puestos, y de este modo, cada CPE quede expedito para su aprobación final por parte del Consejo Directivo de SERVIR
Cabe mencionar que conforme al Decreto Legislativo N.º 1602, que modifica la Ley N.º 30057, Ley del Servicio Civil, 176 entidades del Poder Ejecutivo deben transitar obligatoriamente al mencionado régimen laboral en un plazo máximo de hasta 270 días. En ese sentido, Pari Morales explicó que “para el cumplimiento de estos plazos se organizó previamente a las entidades por grupos en función al tamaño y complejidad de la entidad pública, volumen de puestos y posiciones, coexistencia de regímenes laborales, entre otros. Además, se dispuso la asignación de un sectorista para cada entidad pública”.
Con el cumplimiento de este segundo hito, SERVIR ha dado un paso más en la reforma del servicio civil, luego de haber publicado los lineamientos y directivas necesarias, conforme a la exigencia y plazos del Decreto Legislativo N.º 1602.


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