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viernes, 29 de enero de 2021

 

COMUNICADO N°001-2021-CEN-FERTASE-PERU

 

La FERTASE se dirige a la clase trabajadora,  dirigentes nacionales, provinciales y sectoriales ante las disposiciones en el Marco de la Emergencia sanitaria por la COVID- 19, el Decreto de Supremo N° 008-2021-PCM que prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la COVID-19 y modifica el Decreto Supremo N° 184-2020-PCM, el Decreto Supremo N° 201-2020-PCM, el Decreto Supremo N° 002-2021-PCM y el Decreto Supremo N° 004-2021-PCM, que se oficializo en el Diario el Peruano.

 

Considerando en el Decreto Supremo N°008-2021-PCM que los artículos 7 y 9 de la Constitución Política del Perú establece que todos tienen derecho a la protección de la salud, del medio Familiar y de la comunidad.

con fecha 8 de enero del 2021 se ha confirmado la identificación de la variante SAR COV-2 en nuestro país, por lo que resulta necesariamente que se siga garantizando la protección a la vida y la salud de las personas, en consiguiente el gobierno dispuso ampliar el estado de emergencia nacional por 28 días más por lo que estará vigente a partir del 1 de febrero del 2021.

 

Durante la prórroga del estado de emergencia nacional queda restringido el ejercicio a los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personal, la inviolabilidad del domicilio,   la libertad de reunión y de tránsito en el Territorio hasta el 14 de febrero del 2021.

 

Se dispone la inmovilización social obligatorio de todas las personas en sus domicilios de lunes a domingo hasta el 14 de febrero del 2021, por lo que:

 

1.-Mientras dure el estado de Emergencia SUSPENDEMOS todo tipo de Talleres, Seminarios, Foros, reunión de Directiva, visita de bases, acción y/o medida de lucha, Asambleas Generales, que realice nuestra estructura nacional, regional, provincial y sectorial, por el plazo de quince días calendarios a partir del día 31 de enero del 2021, quedando bajo responsabilidad funcional de los dirigentes Nacionales, Provinciales, Regionales y Sectoriales HACER CUMPLIR LAS DISPOSICIONES DEL ESTADO DE EMERGENCIA CON LA FINALIDAD DE EVITAR LA PROPAGACION Y REINFECCION DEL COVID-19 Y SU VARIANTE.

 

2.- Sugerimos dentro de sus facultades estatutarias de cada gremio sindical base emitir comunicados y/o directivas de conformidad a su realidad, a fin de enfrentar la emergencia sanitaria, evitando la propagación del coronavirus y su variante, garantizando la seguridad, salud y preservar la vida de los trabajadores de las Sedes, I.E., ISTP y CETPROS, absolviendo y brindando orientación y canalizar las denuncias ante las instancias correspondientes de Directores  de UGELES, I.E., que obliguen al personal administrativo a concurrir a sus planteles al margen de las disposiciones legales vigentes.

 

3.- Al término de la EMERGENCIA deberán RETOMAR en solicitar Audiencia e Instalarse en mesa de trabajo en cada Unidad Ejecutora, Alcaldías, Directores Regionales, Gobernadores Regionales, Ministro de Educación y Congreso de la Republica, con la finalidad de CONTINUAR CON LAS DEMANDAS DE LA PALTAFORMA DE LUCHA Y DENUNCIAS A LAS INSTANCIAS CORRESPONDIENTES.

 

4.- Finalmente, exhortar a los dirigentes y afiliados en general a cumplir con las medidas adoptadas por el Estado Peruano, a fin de salvaguardar la salud publica en nuestro país, por lo que se dispone a cada dirigente velar por el personal que labora en sus respectivas bases habiéndose ampliado la emergencia sanitaria nacional y estricto cumplimiento de la cuarentena del 31 al 14 de febrero, teniendo en cuenta los niveles de contagios reportados en los últimos días,

 

Se considera pertinente recomendar a los directivos que, en tanto continúe el nivel de alerta descrito en el párrafo precedente, se adopten las acciones necesarias a fin de priorizar la modalidad del trabajo remoto, quedando las modalidades presencial y semipresencial restringidas se debe  indicar a cada Director de las I.E  que debido a  la emergencia,  dando prioridad a la salud y a la vida el trabajo sea estrictamente remoto quedando prohibido el trabajo presencial y semipresencial, para salvaguardar la salud y la vida.

 

 Lo expuesto se pondrá en el próximo Congreso Nacional Ordinario de FERTASE-PERU, con la finalidad de evaluarlo.

 

 

 Lima, 28 de enero 2021.

CEN FERTASE PERU

 

¡ABAJO LA LEY DEL SERVICIO CIVIL 30057!
¡DESPIERTA TRABAJADOR LA LUCHA CONTINUA!...
¡FERTASE YA LO SABE SIN LUCHAS NO HAY VICTORIAS!

¡SOLO LA UNIDAD NOS CONDUCE A LA VICTORIA!

 

FERTASE-PERU: Av. Prolongación Tacna Mz. E Lote 04-Urbanizacion Leoncio Prado-Rímac-Lima Telf. 988087711, 972779608, 960958169,997979507, 974678434 Correo Electrónico fertase_2016-peru@hotmail.com



MINEDU EMITE EL OFICIO MÚLTIPLE N° 00006 – 2021 – MINEDU / VMGI – DIGEGED, SOBRE PRIORIZACIÓN DEL TRABAJO REMOTO EN EL MARCO DEL ESTADO DE LA EMERGENCIA NACIONAL ESTABLECIDO EN EL DECRETO SUPREMO Nº 008 – 2021 – PCM.

Teniendo en cuenta los niveles de contagios reportados en los últimos días, se considera pertinente recomendar a sus despachos que, en tanto continúe el nivel de alerta descrito en el párrafo precedente, se adopten las acciones necesarias a fin de priorizar la modalidad del trabajo remoto, tanto en las Direcciones/Gerencias a su cargo, como en las Unidades de Gestión Educativa Local de su jurisdicción, quedando las modalidades presencial y semipresencial

restringidas únicamente para aquellos servidores y funcionarios que realicen actividades que requieran desarrollarse bajo dichas modalidades de manera indefectible. Todo lo puedo en Cristo que me Fortalece.

CEN-FERTASE-PERU




 

 

 

 

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