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sábado, 28 de marzo de 2020


El gobierno ha emitido el DU 029 2020 de fecha 21 de marzo, en donde se transfieren 1500 millones de soles de Fonafe al ministerio de economía, el ejecutivo no brinda un sol a fonafe son recursos de las empresas públicas producto de sus utilidades para reinvertir en saneamiento caso de sedapal, servicios como en banco de la nación y otros..todas las empresas son rentables ¿ Porqué hacer uso de este dinero cuando existen reservas de parte del estado? .. Con esto se debilita aún más la gestión de las entidades públicas y no se garantiza ninguna mejora en el servicio, por el contrario se debilitan las entidades.. Para luego promover su privatización.








COMO AFECTAN LAS LICENCIAS SIN GOCE DE HABER AL CUMPLIMIENTO DEL RÉCORD VACACIONAL Y TIEMPO DE SERVICIOS: Las licencias sin goce de remuneraciones afectan el cómputo del récord vacacional suspendiendo tanto el cómputo del año de servicios como el récord vacacional. Al culminar la suspensión perfecta del vínculo se reanuda el cómputo del año de servicios y el récord vacacional exigido para hacer uso del descanso vacacional. En ese lapso el servidor deberá alcanzar los 260 o 210 días de labores efectivas para completar el récord vacacional. Las licencias sin goce de remuneraciones, sin importar cuál sea su duración, siempre acarrearán el cambio de fecha en la cual el servidor cumple años de servicio






OPORTUNIDAD DE PRESENTAR LA JUSTIFICACIÓN DE SU INASISTENCIA A SU CENTRO DE TRABAJO: La Corte Suprema en su Casación Laboral N° 12943 – 2014 – Lima ha señalado que “(…) el demandante al demostrar la existencia de un motivo real que justifica su ausencia al centro laboral, antes de que se le impute la falta, ya no corresponde considerarse como causal de falta grave las ausencias justificadas (…)”; de lo cual se desprende que los plazos establecidos por las entidades para justificar las inasistencias pueden ser considerados de carácter referencial u ordenador, toda vez que el servidor tendría la oportunidad de presentar su justificación hasta antes de que se le impute la falta en el procedimiento administrativo disciplinario que corresponda.



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